jueves, 17 de agosto de 2017

NOTA DE PRENSA PLATAFORMA "COSTE 0"



HÍJAR: EL TSJ DE ARAGÓN ORDENA A LA DGA CONTINUAR CON LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA.

La Comunidad de Regantes recurrió en 2015 la paralización de la concentración parcelaria por parte de la DGA.

El conflicto estalló hace 7 años cuando la DGA vinculó a la concentración parcelaria, el proyecto elaborado por SIRASA (ahora SARGA) de riego a presión en el regadío, condicionando la ejecución de la concentración a que los regantes asumieran los costes de este proyecto. Los regantes lo rechazaron por sus altos costes e inviabilidad financiera, y solicitaron la ejecución de la concentración sin más -cuyas obras son asumidas íntegramente por la Administración- llegándose a constituir en la Plataforma a “Coste 0”. En 2012, al ser rechazado definitivamente el proyecto de riego a presión por la Comunidad de Regantes, la DGA paralizó la concentración.

Los regantes realizaron varios requerimientos a la DGA para su continuación sin éxito y promovieron varias iniciativas bajo el lema “Concentración YA”. Finalmente, tras más de tres años de inactividad de la Administración, interpusieron recurso contencioso-administrativo reclamando que se ejecutara la concentración “a coste 0” y que no se podía imponer dicha vinculación.

Ahora, la Justicia ha dado la razón a los Regantes. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha declarado que la vinculación de los proyectos no es legal y ordena a la Administración, proseguir la Concentración Parcelaria. En definitiva, la Sentencia supone un varapalo a la política de la DGA de imponer a las Comunidades de Regantes costosísimos proyectos de riego a presión (lo que denomina “modernización del regadío”) y pone al Gobierno de Aragón entre la espada y la pared respecto a la concentración de Híjar:
                        a) O ejecuta la concentración sin “proyecto de modernización”
                        b) O emite un nuevo Decreto de Gobierno declarando “inútil” la concentración, en contra de sus propios informes técnicos a favor de la necesidad, urgencia y utilidad de la concentración. Además de ser algo insólito en España que un Gobierno autonómico declarara como inútil una concentración, lo que es más grave, dejaría sin futuro a la agricultura de Híjar y expondría a la DGA a demandas por lesividad, daños y perjuicios.

Para más información o si desean copia de la Sentencia nº 309/2017, de 14 de Julio (TSJ Aragón, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Recurso 110/2015), ruego contacten con

José Luis Chorro López, Vicepresidente del Sindicato de Riegos
 

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