En el
anterior pleno extraordinario celebrado el 16 de agosto se aprobaron, nuestro
grupo se abstuvo, el proyecto básico y de ejecución y el estudio básico de
seguridad y salud, así como el inicio del expediente de contratación, del
edificio destinado a centro de exposiciones de la Semana Santa de Híjar. Así es como se describía en dicho pleno la
edificación, en éste pasó a denominarse “edificio para ubicación de los pasos
de procesión de la Semana Santa de Híjar”, al parecer el equipo de gobierno ha
rebajado sus expectativas al respecto de la edificación descrita.
En éste
pleno se comenzó el orden del día con la modificación número 6 del presupuesto
municipal. En dicha modificación se
presentaban dos suplementos de gasto: para el centro de exposiciones de la
Semana Santa con 48.136,89 euros y para mejora de vías urbanas (finalización de
la unión del Plano Alto con el Plano Bajo) con 37.114,84 euros
El
suplemento de gasto en el caso del centro de exposiciones da junto con la
subvención aceptada un total de 282.285,04 euros.
Aunque
estamos de acuerdo con el suplemento de gasto dedicado a la mejora de vías
urbanas, nos abstuvimos en la votación porque no estamos de acuerdo con el
primer suplemento dedicado al centro de exposiciones. Como ya explicamos en la crónica del pleno
anterior este proyecto viene derivado de la improvisación con la que se ha
afrontado la rehabilitación de la Casa del Hijarano, lo que está dando lugar a
una chapuza detrás de otra. En este punto de la discusión el sr. Alcalde nos
dijo que éste edificio era un proyecto que tenía su equipo de gobierno desde
hace varios años. Rebatimos este
argumento con la transcripción literal que figura en el pliego de licitación de
la obra, que dice lo siguiente: “la contratación pretende dotar al municipio de
una sala adecuada, en la que albergar los pasos de la semana santa, que sea
practicable y facilite el mantenimiento de las mismas, siendo a su vez el punto
de partida y retorno de las imágenes en la celebración de las procesiones. Al
tiempo, la edificación permite liberar el espacio en el que actualmente se
ubican y que, por su emplazamiento como edificación contigua al
Hostal-Restaurante Casa del Hijarano (de titularidad municipal), permitirá,
tras la correspondiente adecuación, ampliar el espacio destinado a comedor
mejorando el servicio que en el mismo se prevé”. Según dijo en su momento el
sr. Alcalde esta idea surgió de conversaciones mantenidas con empresarios
supuestamente interesados en el restaurante.
La modificación fue aprobada con seis votos a
favor de PPSOE y la abstención de los dos concejales de Ganar Híjar.
El segundo
punto del orden del día era la aprobación del expediente de contratación,
mediante procedimiento Abierto simplificado, de la ejecución material de las
obras del edificio para la ubicación de los pasos de procesión de la Semana
Santa de Híjar.
Por lo ya
explicado en el punto anterior, nos abstuvimos los dos concejales de Ganar
Híjar y fue aprobado con los seis votos de PPSOE. Además, quisimos que constara en acta la posible
contradicción que encontramos en el pliego de licitación de la obra, donde se
indica como tiempo de ejecución de las obras tres meses y medio y se pone como
fecha límite de entrega el 29 de diciembre de 2018.
Consideramos
que debido a los días que se necesitan para licitar y asignar la obra no pueden
cumplirse ambos requisitos. Pusimos esta
objeción en previsión de posibles reclamaciones de las empresas que puedan
estar interesadas, lo cual haría imposible cumplir con la fecha de entrega de
la obra el 29 de diciembre de 2018, fecha límite impuesta por la subvención del
Fite aprobada para la misma.
Finalmente se aprobaron por unanimidad las dos
festividades locales para el año 2019: 22 de abril y 21 de agosto. Así como los días no lectivos para el curso
escolar 2018-2019 solicitados en este caso por el CP Luís Turón: 18 de marzo y
13 de mayo. Estos días no lectivos son solicitados alternativamente por el CP
Luís Turón y el IES Pedro Laín Entralgo.
A
continuación queremos comentar algo que nos llamó la atención al leer el anexo
1 del Pliego de Clausulas Administrativas particulares del contrato de obras.
Este anexo
se refiere al Presupuesto base de Licitación, en uno de sus apartados se habla
de los costes salariales de mano de obra necesarios para la ejecución de la
misma. Concretamente es una tabla en
la que se indican los costes salariales de los hombres y mujeres que pueden
trabajar en la obra.
En dicha tabla se observa cómo el total del coste de
cada uno de los puestos de trabajo necesarios en la ejecución de la obra se
destina a hombres, estando la columna de las mujeres a 0.00 euros en cada
puesto. Es decir, se presupone que no
trabajará ninguna mujer en dicha obra.
La secretaria nos explicó que esta tabla de costes
salariales está elaborada por el Colegio de arquitectos en base a estadísticas
de años anteriores y además viene impuesta por una determinada ley, concretamente
por el artículo 100.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En dicho
artículo la ley pide desagregar por género a los posibles trabajadores que
intervienen en este tipo de obras.
Desde Ganar
Híjar criticamos que se tenga que desagregar por género en base a estadísticas,
cuando tanto hombres como mujeres están perfectamente cualificados para
realizar cualquiera de los trabajos que en este tipo de obras se realizan. A nuestros políticos a nivel nacional y
autonómico se les llena la boca hablando de la lucha por la igualdad de género,
sin embargo ejemplos como éste tiran por tierra todos sus argumentos.
Concejales
Ganar Híjar
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